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Este trabajo aborda el tema del principio del pluralismo de ideas y concepciones pedagógicas previsto en el inciso III del artículo 206 de la Constitución Federal de 1988 y en el inciso III del artículo 3º de la Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional (ley 9394/96). El interés por el tema surge de mi experiencia como asesora jurídica de la Federación de Escuelas Waldorf de Brasil, que me hizo enfrentar el mayor desafío jurídico-educativo de mi vida, es decir, cómo preservar intactos los fundamentos de una determinada concepción pedagógica frente a cambios en la legislación que colisionan con la mencionada pedagogía. De esta realidad surge el problema de investigación: ¿verificar si el principio constitucional del pluralismo de ideas y concepciones pedagógicas sirve de sustento jurídico a una determinada propuesta pedagógica, frente a cambios posteriores en la Ley de Directivas y Bases de la Educación Nacional que contradicen supuestos de dicha propuesta pedagógica?
About the author
Celso Lima Junior est diplômé en droit de la faculté de droit de São Bernardo do Campo-SP et en sciences économiques de l'université catholique pontificale de São Paulo. Maîtrise en éducation de l'Universidade Cidade de São Paulo. Professeur d'université. Associé de CLJ Advogados.